Disyuntivas

Vivimos en un mundo que gracias a la divisi?n del trabajo, a la especializaci?n y a la innovaci?n ha podido aumentar la productividad incre?blemente, sacar a miles de millones de personas de la miseria y alcanzar niveles de bienestar que hace dos siglos habr?a sido considerado ilusorio.

Pero el crecimiento de la poblaci?n y la nueva forma de organizaci?n social y productiva que la permiti?, dio como uno de sus resultados una gran cantidad de trabajadores que al t?rmino de su vida laboral ca?an en la miseria. Para resolver ese serio problema humano surgieron en el siglo XIX los seguros sociales, con el fin de proveer a los trabajadores de una pensi?n que les permitiera una vejez digna.

En Costa Rica la obra visionaria del presidente doctor Rafael ?ngel Calder?n Guardia estableci? en 1941 la Caja Costarricense de Seguro Social como el primer basti?n del sistema de garant?as sociales que su gobierno construy?, y con ello garantiz? a los trabajadores servicios de salud y un sistema previsional que les amparara ante las circunstancias de invalidez, vejez y muerte. Posteriormente la obra se fue perfeccionando. La refuerza la aprobaci?n en gobierno de Mario Echandi de la universalizaci?n constitucional de los seguros sociales, el establecimiento de rentas espec?ficas en su favor y el inicio del aumento del tope de cotizaci?n para incrementar la solidaridad.

Para atender las necesidades de pensi?n de la poblaci?n pobre que, por no haber tenido oportunidades laborales suficientes no ha acumulado las cuotas suficientes para recibirla en su vejez, se estableci? el sistema de Pensiones no Contributivas con la aprobaci?n de Asignaciones Familiares en el gobierno de don Daniel Oduber, cuando el diputado Rafael ?ngel Calder?n Fournier introdujo ah? las Pensiones no Contributivas.

Inspirado por las luchas del Dr. Fernando Trejos Escalante en favor de una mayor justicia y seguridad econ?mica para el sistema de pensiones, hice este uno de los elementos centrales de mi participaci?n pol?tica. Entonces, y a pesar de los cambios ya introducidos en IVM y de las pensiones no contributivas, todav?a el sistema se caracterizaba por falta de solidaridad y de cobertura, complejidad, estatizaci?n, ausencia de participaci?n del trabajador en la protecci?n y manejo de los recursos para su pensi?n, desequilibrio financiero, inseguridad de los beneficiarios sobre sus derechos, contribuciones estatales discriminatorias y regresivas y beneficios discriminatorios entre generaciones.

En los 90 ya sab?amos que se enfrentaba un cambio poblacional donde la ca?da en la natalidad, y la extensi?n de la expectativa de vida envejecer?an aceleradamente nuestra poblaci?n.

Con ese cambio demogr?fico se da una disminuci?n abismal del n?mero de trabajadores cotizantes por pensionado, lo cual significa que el monto de las pensiones de IVM sufrir?a importantes reducciones, respecto al salario devengado en sus ?ltimos a?os laborales por quienes se jubilan.

Por eso presentamos a la Concertaci?n Nacional los temas de pensiones y de modernizaci?n y mayor justicia en el sistema de cesant?a y de ah? surgi? el apoyo para lograr la reforma social de nuestro tiempo: la Ley de Protecci?n al Trabajador.

Punto central de ese aporte a la construcci?n de la justicia social en nuestro pa?s, es el R?gimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP). Este nuevo pilar del sistema de pensiones es administrado por operadoras de pensiones de libre escogencia del trabajador y en cuentas individualizadas a su nombre, que lo protegen de la voracidad fiscal. Los recursos se financiaron mediante una redistribuci?n de las cargas sociales y asumiendo los patronos una mayor contribuci?n en el r?gimen de cesant?a. Con el ROP el trabajador al jubilarse tiene una pensi?n complementaria que con una vida de trabajo le permite adjuntar otro ingreso del orden del 20% de sus ?ltimos salarios. Se compensa as? la disminuci?n de la pensi?n del r?gimen b?sico, que ya se ha dado y que puede darse en mayor medida si no se toman otras medidas para sanear actuarialmente el r?gimen de IVM. Si el jubilado fallece el remanente de su cuenta individual pasa a sus beneficiarios.

El ROP forma parte de la pensi?n que le permite una vida digna al trabajador al tiempo de su retiro laboral. No es un sistema de ahorro y capitalizaci?n como s? lo es el fondo gemelo en la Ley de Protecci?n al Trabajador, el Fondo de Capitalizaci?n Laboral, que es un escudo protector ante la cesant?a, y que permite que la mitad de sus recursos se le devuelvan al trabajador cada cinco a?os (la otra mitad engrosa el ROP).

Basados en mitos y en falsa informaci?n, un grupo de diputados ha presentado con bombos y platillos un proyecto de reforma a la Ley de Protecci?n del Trabajador que permitir?a que el trabajador, al tiempo de su jubilaci?n, retire la totalidad del fondo acumulado, en vez de recibirlo como un ingreso de pensi?n mensual.

Esto terminar?a con el ROP. Desaparecer?a la pensi?n complementaria, y los trabajadores despu?s de gastar el fondo para su pensi?n (esto lo constata la experiencia y la investigaci?n sicol?gica), tendr?an que subsistir con el reducido monto de IVM, posiblemente cayendo muchas familias en la pobreza.

Esto es importante. Impidamos que se atente contra nuestro sistema de seguridad social.

Miguel Angel Rodr?guez

Ex Presidente de la Rep?blica

Fecha de publicaci?n: 25-Marzo-2019

Fuente: larepublica.net


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