ALTERNATIVAS

Miguel ?ngel Rodr?guez E.

Dr. Miguel Angel Rodriguez Echeverria

El pasado 5 de octubre la Autoridad Reguladora de los Servicios P?blicos (Aresep) cumpli? veinte a?os. Es una fecha que merece la celebraci?n de los usuarios de servicios p?blicos que somos todos los costarricenses. Es una fecha que se celebr? con especial alegr?a.

El 25 de setiembre de 1990, cuando ten?a menos de 5 meses de ser diputado, present? a la Asamblea Legislativa el Proyecto de Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios? P?blicos (Transformaci?n del Servicio Nacional de Electricidad) que se tramit? bajo el expediente 11060 para llegar a ser aprobado por la Asamblea Legislativa el 30 de marzo de 1996 en tercer debate, es emitido por la Asamblea el 7 de agosto, recibe el ejec?tese del Poder Ejecutivo el 9 de agosto, es publicado el 5 de setiembre y entra a regir como la Ley? 7593, treinta d?as despu?s, el 5 de Octubre, todo durante 1996.

Como lo se?ala la exposici?n de motivos, ya en 1969 como Ministro Director de la Oficina de Planificaci?n hab?a presentado un proyecto con el mismo prop?sito que se tramit? en el expediente 4171 y que lamentablemente fue archivado en 1970.

Cuando lo present? lo hice para dar cauce a la necesidad de modernizar una instituci?n originada en 1928, a la cual se le hab?an ido atribuyendo numerosas nuevas responsabilidades, sin darle las facilidades para el desarrollo profesional y la autonom?a ante el Poder Ejecutivo que sus importantes y delicadas funciones exigen.

Lo hice adem?s para cumplir con una de las exigencias de la Reforma Constitucional de Garant?as Econ?micas que poco antes hab?a presentado, y que inclu?a la referencia a una Autoridad Reguladora de los Servicios P?blicos para proteger los intereses y derechos de los usuarios.

En la redacci?n de ese proyecto cont? con el apoyo del joven y brillante grupo de asesores del que disfrut? como diputado, en especial de Rolando Chac?n y Walter Niehaus, as? como de los invaluables conocimientos y ayuda de don Leonel Fonseca.

Claro, que en el largo lapso hasta su aprobaci?n ya en una diferente administraci?n, el proyecto fue cambiado en algunos aspectos muy sustanciales. Muchas de las reformas fueron muy importantes tales como establecer la figura del Regulador General uniendo las de Presidente del Consejo y Gerente del proyecto original, y las modificaciones a las normas que rigen las operaciones de los entes p?blicos que tienen a su cargo la concesi?n de diversos servicios, especialmente los de transporte colectivo de personas.

Siguen vigentes normas originales importantes como la no consideraci?n para precios y tarifas de gastos y de inversiones no necesarios para la prestaci?n del servicio.

No obstante, desapareci? la autoridad que se le daba a cada Gobierno -al inicio de su gesti?n- de recibir de la Autoridad Reguladora, para su aprobaci?n, una propuesta de los lineamientos generales de la pol?tica social tarifaria que se aplicar?a en cada servicio que afecte el bienestar b?sico de las familias.

En la ley aprobada se considera como objetivo fundamental armonizar los intereses de usuarios y prestatarios de los servicios. Originalmente, el objetivo b?sico fue la defensa de los consumidores y usuarios en cuanto a tarifas, calidad, confiabilidad y continuidad del servicio; con reglas muy claras de los derechos de los proveedores de servicios en lo tocante a la fijaci?n de tarifas al costo, incluyendo una rentabilidad semejante a la que impera en actividades no concesionadas de giro similar. Es de esperar que Aresep nunca pierda la mira de defender a los usuarios de servicios que no se prestan con libertad de entrada, sino por concesi?n.


Fecha de publicaci?n: 10-Oct-2016

Fuente: diarioextra.com


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