Disyuntivas

Uno de los temas que motivaron mi participaci?n en pol?tica fue la necesidad de reformar nuestro sistema de pensiones.
Hab?a aprendido con el Dr. Fernando Trejos y con mi maestro Alberto Di Mare que era necesario hacerlo para corregir injusticias, asegurar su sano financiamiento y poner sus recursos a salvo de los intereses voraces del fisco.
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Por esta raz?n, entre los temas que presentamos a la Concertaci?n Nacional al inicio del gobierno, estuvieron la transformaci?n del sistema de pensiones y del auxilio de cesant?a.
A partir de la realidad que afrontaban los reg?menes de pensiones existentes, definimos los objetivos esenciales de la reforma que presentar?amos a consideraci?n del Proceso de Concertaci?n Nacional y, luego, de la Asamblea Legislativa: asegurar el financiamiento a largo plazo, ampliar su cobertura, ligar los beneficios a los aportes de las personas con empleo fijo o con ingresos suficientes, mejorar la supervisi?n para fortalecer la seguridad del sistema, proteger los recursos frente a futuras necesidades y carencias fiscales, y promover un manejo que maximizara el beneficio de este ahorro para la econom?a nacional.
Para lograr esos objetivos se cre? en la Ley de Protecci?n al Trabajador, llamada ?la reforma social de nuestro tiempo?, un nuevo pilar que viniese a complementar el R?gimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS y el Sistema de Pensiones no Contributivas, administrado este nuevo R?gimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, por entes independientes de libre escogencia por parte de los trabajadores: las Operadoras de Pensiones Complementarias (OPC). Y se fortaleci? el sistema de supervisi?n para las pensiones.
En las OPC los trabajadores tienen sus recursos en cuentas individualizadas de su exclusiva propiedad. Esto es as? tanto en lo que corresponde al ahorro para la pensi?n, como en lo que ata?e a la porci?n de los recursos de cesant?a que se depositan en el Fondo de Capitalizaci?n Laboral. Estos ?ltimos se convirtieron en un derecho pleno de los trabajadores, y se elimin? el l?mite de ocho a?os que previamente ten?an.
Las cuentas individualizadas de propiedad de los trabajadores son la garant?a de que sus ahorros est?n a salvo de la voracidad fiscal.
Hacerlo as? es necesario porque en casi todas partes los recursos de los sistemas centralizados de pensiones manejados por entes p?blicos, por maniobras de los gobiernos que se apoderaron de ellos, se fueron convirtiendo de sistemas de pensi?n basados en capitalizaci?n a sistemas de reparto con costo a cargo de las futuras generaciones y con gran incertidumbre sobre su capacidad financiera.
Me preocup?, hace unas semanas, el anuncio de que los entes reguladores estaban subiendo a las OPC el l?mite para sus inversiones en t?tulos valores del gobierno central del 50 al 80%. Ese l?mite de 50% se hab?a impuesto cuando las OPC ten?an una inversi?n en esos valores superior a ese 50%, al cual se agregaba otro l?mite del 35% en otros emisores p?blicos distintos a Hacienda y Banco Central, y se hab?a otorgado un plazo para acomodarse a esta nueva disposici?n. Pero ahora se eliminaba el l?mite de 50% y esos valores solo estar?an topados por el m?ximo de 80% para inversiones en t?tulos p?blicos.
Sabemos que atravesamos una seria situaci?n fiscal que espero pueda ser resuelta con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas P?blicas y medidas posteriores, pero la incertidumbre actual ya ha deteriorado el valor de los t?tulos de Hacienda.
No es adecuado, no es conveniente y no protege los intereses de los trabajadores aumentar un l?mite de inversi?n cuando el riesgo de esos valores aumenta.
Confi? en que las OPC proceder?an con gran cautela y no aumentar?an la participaci?n de bonos del gobierno en las carteras de los trabajadores que ellos administran. Pens? que proceder?an as? pues hay competencia entre ellas y hay libertad de los trabajadores para cambiar de OPC. Si una de ellas aumentaba la proporci?n de sus inversiones en t?tulos del gobierno y su valor disminuye, eso se reflejar?a en el valor de los fondos de los trabajadores, quienes podr?an pasar sus cuentas a una OPC m?s cuidadosa.
Pero ahora la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) y el Consejo Nacional de Supervisi?n del Sistema de Pensiones (CONASSIF) est?n consultando una variaci?n en las regulaciones que se viene promoviendo desde hace varios a?os, que har?a que las OPC valoren los t?tulos en que invierten los recursos de los trabajadores a su costo de adquisici?n (en el lenguaje sofisticado de la NIIF 39 costo amortizado), y no a su valor de mercado. Esta norma aplicable a las contabilidades de las OPC no tiene por qu? trasladarse a valuar las inversiones de sus clientes.
Este cambio va contra la normativa imperante en los sistemas de pensiones de capitalizaci?n administrados independientemente, incluidos todos los da la OECD.
Las L?NEAS DIRECTRICES DE LA OCDE RESPECTO A LA GESTI?N DE ACTIVOS DE LOS FONDOS DE PENSIONES se?ala: ?5.2 Cuando las normas nacionales no exigen valoraci?n al valor actual del mercado, o conforme a una metodolog?a de valoraci?n justa, se recomienda que la valoraci?n sea acompa?ada por la divulgaci?n de los resultados que se habr?an obtenido utilizando el valor actual del mercado o una metodolog?a de valoraci?n justa?.
Ciertamente el NIIF39 dispone. ?Una entidad evaluar? al final de cada periodo sobre el que se informa si existe evidencia objetiva de que un activo financiero o un grupo de ellos medidos al costo amortizado est? deteriorado?. Pero esta ser?a una informaci?n subjetiva no proporcionada objetivamente por el mercado. Dificultar?a a los due?os de sus fondos, a los trabajadores, conocer el valor real y actual de las inversiones en que est?n colocados sus recursos y les impedir?a comparar la ejecutoria de las diversas OPC.
Esto no es aceptable.
Por eso insto a los entes reguladores a desistir de esta iniciativa que facilitar?a que las OPC incrementen el riesgo de las inversiones de los trabajadores, y que les impedir?a a sus clientes tener pleno conocimiento del valor de sus ahorros. Pido tambi?n al gobierno y a las fracciones legislativas que se pronuncien en defensa de los intereses de los trabajadores costarricenses.
Miguel Angel Rodr?guez
Fuente: larepublica.net