ALTERNATIVAS

Miguel ?ngel Rodr?guez E.

Dr. Miguel Angel Rodriguez Echeverria

Extinci?n de dominio

Est? a punto de ser aprobado el proyecto de Ley de Extinci?n de Dominio.

Este proyecto pretende que el Estado pueda arrebatar a una persona los bienes de su propiedad, si se le sigue el proceso especial que esta normativa quiere establecer. Ello podr?a darse, aunque la persona no haya sido condenada por delito alguno, y sin que siquiera tenga que estar sometida a un juicio penal.

Veamos una hipot?tica historia con dos posibles finales, ninguno feliz, que podr?an darse si se aprueba el proyecto de Ley de Extinci?n de Dominio

Do?a Rosa vivi? en un barrio urbano marginal. Para sacar adelante a su hijo Carlos, ella sola, sin la ayuda de un padre responsable, empez? a vender algunos pocos abarrotes y verduras a los vecinos desde la puerta de su humilde casa. Con mucho esfuerzo y guardando cada ?cinquito?, fue ahorrando. Aument? su inventario, alquil? la casa de a la par en la que estableci? su creciente pulper?a, y con los a?os la ampli? y pudo, con Carlos ya de 18 a?os, establecer una cantina. Segu?an viviendo en su destartalada vivienda.

Al barrio lleg? la mafia con su venta de drogas. Y los traficantes frecuentaban la cantina sin que nunca ni do?a Rosa ni Carlos participaran de forma alguna en el nefasto negocio.

Muri? do?a Rosa y Carlos -ya con 30 a?os- encontr? en su casa m?s de 40 millones de colones que su madre hab?a ahorrado sacrific?ndose en su calidad de vida para dej?rselos. Como es natural Carlos -con una vida por delante- quiso mejorar sus condiciones de vida y con los ahorros construy? una casa mucho mejor con una peque?a cuadra para el caballo que siempre hab?a ambicionado tener, y que con parte del efectivo compr?.

El otro pulpero del vecindario, que no atend?a tan bien a sus clientes y que les cobraba m?s caro, denuncio a Carlos ante el Ministerio P?blico y, como ya exist?a la Ley de Extinci?n de Dominio, iniciaron una investigaci?n sobre el incremento patrimonial que ostentaba Carlos con su nueva residencia y su caballo.

La investigaci?n demostr? que los narcotraficantes del barrio iban a la cantina de Carlos. El Ministerio P?blico solicit? y el juzgado aprob? la medida cautelar de incautar casa, pulper?a-cantina y caballo a Carlos.

PRIMER FINAL

Evidentemente Carlos no puede demostrar que su patrimonio lo adquiri? l?citamente gracias a los sacrificios inmensos, el trabajo y la capacidad de ahorro de su madre. Y contra todos los principios del debido proceso a ?l corresponde probar el origen l?cito de sus propiedades. El Ministerio P?blico no ten?a que probar que hubiese cometido delito alguno. Con la reversi?n de la prueba era a Carlos al que tocaba demostrar su inocencia, no a los acusadores su culpabilidad. No lo acusaron de delito alguno penalmente, pues nada hab?a hecho ilegal y no se le pod?a demostrar il?cito alguno. Pero con la Ley de Extinci?n de Dominio eso no era necesario. Su abogado -en quien gast? los ?ltimos ahorros de la madre que le quedaban- aleg? que esa Ley invocaba el principio de dignidad humana, el derecho de propiedad, el respeto a la Constituci?n Pol?tica, el debido proceso, la obligaci?n del Ministerio P?blico, del OIJ y de los jueces de ser objetivos, pero se le respondi? que esos temas no alteraban las causales que la ley establec?a para extinguir la propiedad. Carlos perdi? sus propiedades. Ya en su barrio ten?a dificultades para vivir. Su vida qued? destrozada. Solo el recuerdo y las pr?dicas de su madre impidieron que se dedicara al narcotr?fico, como se lo propon?an los delincuentes que hab?a conocido en su cantina.

SEGUNDO FINAL

Carlos y su abogada ten?an que demostrar que hab?a adquirido su patrimonio l?citamente y gracias a los sacrificios inmensos, el trabajo y la capacidad de ahorro de su madre. Claro que esto va contra todos los principios del debido proceso. El Ministerio P?blico no ten?a que probar que hubiese cometido delito alguno. Con la reversi?n de la prueba era a Carlos al que tocaba demostrar su inocencia, no a los acusadores su culpabilidad. No lo acusaron de delito alguno penalmente, pues nada hab?a hecho ilegal y no se le pod?a demostrar il?cito alguno. Pero con la Ley de Extinci?n de Dominio eso no era necesario. Carlos tuvo mucha suerte y en segunda instancia se declar? que Carlos era un poseedor de buena fe. Hab?an pasado m?s de dos a?os desde que se le incautaron los bienes. El ICD devolvi? a Carlos el remanente que era poco. El caballo hab?a muerto. La pulper?a-cantina estaba cerrada, la administraci?n por el ICD hab?a acabado con el inventario y los clientes no volvieron. La casa hab?a sido vandalizada.

Con la pretendida Ley de Extinci?n de Dominio, no hay final feliz.

Miguel Angel Rodr?guez

Ex Presidente de la Rep?blica

Fecha de publicaci?n: 5-Junio-2017

Fuente: diarioextra.com


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